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Obras Sociales 

OSPE:  contempla solo atención individual. La primera consulta es de admisión y deberá ser abonada por el afiliado directamente al profesional. Luego el afiliado deberá autorizar la orden de práctica elaborada por el profesional. 

 

OSPJN: el paciente en la primera sesión llevara una orden de práctica en la cual el psicólogo realizara el pedido de autorización. La obra social reconocerá hasta 60 sesiones de psicoterapia por año calendario y hasta 5 sesiones mensuales. El afiliado abonara al profesional el arancel diferenciado de acuerdo a la práctica realizada.

 

DASUTeN: en la primera entrevista el beneficiario se presenta con Orden expedida por DASUTEN. A partir de ese encuentro, mes a mes el profesional elabora un pedido para que la Obra Social extienda una Orden de Práctica psicológica por 4 sesiones. Se reconocerán 30 sesiones anuales, autorizándose hasta 4 sesiones mensuales.

 

ACA SALUD

 

AMFFA: el paciente tiene que concurrir a la Obra Social. Se autorizan hasta 8 sesiones por mes, reconociéndose hasta 30 sesiones anuales.

 

COMEI: para los planes Max. Cob., Max. Cob. con Carencia, Progresivo, Joven y Alternativo la Obra Social reconocerá hasta un total de 30 sesiones anuales por psicoterapia individual y 20 por sesiones de pareja. En el plan básico se reconocerán 20 sesiones de psicoterapia individual y 10 sesiones de psicoterapia familiar y vincular. En todos los casos un porcentaje del monto total estará a cargo de COMEI, abonando el afiliado el resto del importe.

 

Mutual FEDERARA 25 de Junio

 

INTEGRACION MEDICA S.A.

 

OSPF: la obra social cubrirá un porcentaje del total asignado por cada prestación, el resto deberá asumirlo el afiliado.

 

OSPRA: El paciente concurrirá al profesional psicólogo que libremente elija, el que le entregará la primer solicitud de tratamiento. Para la atención el beneficiario deberá presentar la autorización emitida por la Auditoria Central de la Obra Social, vía fax al (011) 4305-6768/5338 o por mail adiciocco@osppra.com.ar. Se reconocerá hasta 30 sesiones de psicoterapia por año calendario y se autorizarán hasta un máximo de 8 sesiones por mes. La obra social cubrirá un porcentaje del total asignado por cada prestación, el resto deberá asumirlo el afiliado. 

 

OSPESCA: la O. Social reconocerá un total de 30 sesiones anuales. Las autorizaciones para el tratamiento serán solicitadas a la obra social por fax y deberán remitirse a la Sede de la misma. Deberá adjuntarse factura, pedidos médicos autorizados y evolución del tratamiento. La obra social cubrirá un porcentaje del total asignado por cada prestación, el resto deberá asumirlo el afiliado.

 

AJB: el paciente paga al profesional los honorarios libremente fijados por este último, por entrevista familiar o de pareja. Luego, la mutual le reintegra al paciente un porcentaje del valor que ha abonado al prestador psicólogo. 

 

POR REINTEGRO

OSDE, SWISS MEDICAL, GALENO, MEDICUS 

Convenios

UDOCBA: el  convenio de atención para los afiliados a dicho gremio, contempla un honorario diferencial presentando carnet o recibo de sueldo que lo acredite. Hasta diciembre del 2014 inclusive, los honorarios son de pesos 100 para atención individual y de pesos 180 para entrevistas de pareja. Sujetos a disponibilidad horaria.

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